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Ciudad Acuña, Coahuila, México | 30 de Diciembre del 2024

Presenta Diputado Antonio Nerio Iniciativa para servicios gratuitos

Todos tienen derecho a la defensoría jurídica gratuita

Preocupado para que los servicios de defensa jurídica sean gratuitos y de fácil acceso para la población vulnerable, el diputado local presentó esta iniciativa que le permitirá reformar algunos artículos.

El diputado local Neorrositense Antonio Nerio Maltos, presento una iniciativa de decreto con el fin de adecuar la ley de defensoría jurídica integral en Coahuila.

El diputado local Neorrositense Antonio Nerio Maltos, presento una iniciativa de decreto con el fin de adecuar la ley de defensoría jurídica integral en Coahuila.

Saltillo, Coah.- Con el fin de adecuar la ley de defensoría jurídica integral en Coahuila, para que los grupos y personas en situación vulnerable puedan acceder a estos servicios gratuitos, el diputado local priista, Licenciado Antonio Nerio Maltos, presentó la iniciativa de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de dicha ley, para el Estado de Coahuila, esto durante sesión de la LX legislatura.

“Hoy presenté una iniciativa de reforma a la ley de la defensoría jurídica con el objetivo de evitar que el servicio gratuito se niegue a las personas que se encuentren en una situación desfavorable, como personas desempleadas de bajos recursos, adultos mayores, jubilados y pensionados e indígenas”, explico el legislador local.

La propuesta la presentó el diputado local Neorrositense, Antonio Nerio Maltos y la firman los diputados integrantes del Grupo Parlamentario “General Eulalio Gutiérrez Ortiz”, Javier Díaz González, Luis Gurza Jaidar, Sonia Villarreal Pérez, Ana Isabel Durán Piña, José maría Fraustro Siller, José Ricardo Saldívar Vaquera, Martha Hortensia Garay Cadena, Melchor Sánchez de la Fuente, Lilia Isabel Gutiérrez Burciaga, Francisco Tobías Hernández, Verónica Martínez García, Martha Carolina Morales Iribarren, Shamir Fernández Hernández, Georgina Cano Torralva
E Irma Leticia Castaño Orozco.

La defensa pública, como presupuesto necesario del principio del debido proceso legal, se encuentra consagrada por diversos instrumentos internacionales y en el marco jurídico de nuestro país.

Nerio Maltos, precisó que en México, la Defensoría Pública, como institución está garantizada en el artículo 17, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; señala que la Federación, los Estados y el Distrito Federal garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera para los defensores.

La Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza en su artículo 154 establece que toda persona tiene derecho al acceso a la justicia de manera pública, gratuita, pronta, expedita y completa para tutelar de manera efectiva sus derechos fundamentales. Estipula también la garantía al derecho a la audiencia previa y a una defensa adecuada de las partes, mediante el servicio de defensoría pública de calidad para la población.

El proyecto de decreto, es adicionar a la Fracción V del Artículo 3 y el Artículo 35 BIS de la Ley de la Defensoría Jurídica Integral para el estado de Coahuila. Precisamente en este renglón se habla de que para cumplir con el objeto descrito en el artículo anterior, la Defensoría Jurídica Integral del Estado de Coahuila deberá otorgarse de la siguiente manera:
-I a IV…
V. Otorgar obligatoria y gratuitamente ayuda en la defensa de los derechos de los indígenas, así como asesorarlos en todos los casos en que lo soliciten sin importar la materia de que se trate.

La defensoría podrá intervenir en coordinación con traductores e intérpretes que tengan conocimiento de la lengua y cultura a la que pertenezcan los miembros de las comunidades indígenas.

ARTÍCULO 35 BIS. En el supuesto de que el solicitante sea la contraparte en el asunto cuya representación se encuentre a cargo de la defensoría, solamente se proporcionara la prestación del servicio si el interesado se encontrare en alguna de las siguientes situaciones:

I. Ser desempleado y no cuente con ingresos económicos;
II. Ser jubilado o pensionado;
III. Tener sesenta y cinco o más años de edad;
IV. Ser indígena.

Etiquetas: acceso, Antonio Nerio, Coahuila, iniciativa, presentación, reforma, servicios


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