Reforman diputados Ley del ISSFAM
-para formalizar entrega de becas de manutención, colegiatura y becas especiales a hijos de militares
México, D.F. Palacio Legislativo 24-04-2012 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 359 votos a favor, nueve en contra y cuatro abstenciones diversas reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas para formalizar y garantizar la continuidad del programa de otorgamiento de becas de manutención, colegiatura y especiales a hijos de militares.
Al justificar el dictamen el diputado Miguel Ángel Terrón Mendoza (PRI) comentó que el dictamen deriva de la minuta del Senado que pretende formalizar el programa de becas para hijos de militares en activo iniciado en 1985.
Este dictamen aprobado por el Pleno adiciona las fracciones XXV, XXVI y XXVII al artículo 18 y un artículo 138 bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
El diputado destacó que actualmente el programa de apoyo de becas a hijos de militares ya existe; sin embargo, dicho programa no está previsto en la ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas como una obligación.
En ese sentido, señaló que el objetivo de esas reformas es la asignación de una cuota mensual para los hijos de los militares en activo que se encuentren cursando estudios a nivel medio superior y superior, en escuelas públicas.
En tanto que la beca de colegiatura, cubriría el ciento por ciento del costo de la inscripción y demás gastos obligatorios inherentes a la currícula.
Esa beca, se precisó, será para los hijos de los militares en activo que se encuentren cursando estudios a nivel medio superior y superior en escuelas privadas con registro de validez oficial de estudios.
Las becas especiales tienen por objeto fomentar la educación de las hijas y los hijos que padezcan un grado de discapacidad física o mental, transitoria o permanente del personal en activo.
Además, se cubrirá el ciento por ciento del costo de la inscripción, colegiatura y demás gastos obligatorios inherentes de una institución de atención especial o plantel educativo del sistema nacional, en todos sus niveles.
La adición de tres fracciones al Artículo 18 y del 138 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, permitirá asegurar el otorgamiento de becas de manutención, colegiatura y becas especiales para garantizar la educación de los hijos de militares.
Por ello, el dictamen da certeza jurídica con el fin de evitar que ese beneficio a los militares se extinga al concluir el sexenio y perjudique la formación educativa de los hijos de los militares en servicio activo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
“Los anteriores beneficios tienen como finalidad reconocer la entrega de los hombres y mujeres que integran las Fuerzas Armadas, propiciando así el sentido de permanencia, para abatir la deserción del personal, fomentando mayor entrega al servicio”, señala el dictamen.
ALRG
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