Propone diputada Azucena Ramos hacer obligatorio tratamiento psicológico de quienes cometen violencia familiar
Saltillo, Coah. Con el fin de poder reeducar y reinsertar socialmente a quien comete el delito de violencia familiar, la diputada local del PRI, Azucena Ramos Ramos presentó hoy una iniciativa para hacer obligatorio el tratamiento psicológico de los agresores, que permita también reducir conductas de maltrato y evitar la reincidencia.
En la sesión del Congreso del Estado, la legisladora priista dio primera lectura a la iniciativa con propuesta de decreto para reformar sendos artículos del Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza en el apartado de Violencia Familiar, y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en nuestra entidad.
Azucena Ramos expuso que el tratamiento psicológico del agresor se plantea no como una medida alternativa a la judicial, sino complementaria de la judicial. Además, dijo, el tratamiento debe orientarse al control de la violencia y a evitar el maltrato psicológico, que generalmente continúa después de un episodio de violencia física.
Aclaró que tratar a un agresor no significa minimizar la responsabilidad de sus actos; sino que aunque se le juzgue y sentencie por algún delito relacionado con la violencia, tiene el derecho de acceder a un tratamiento psicológico que le sea útil y le ayude a controlar su conducta y a corregir los trastornos de su personalidad que le hacen convertirse en generador de violencia.
Respecto del delito de violencia familiar, la diputada precisó que se propone que el agresor se sujete de manera obligatoria a tratamiento psicológico, ya que actualmente la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza, en el capítulo de rehabilitación de los agresores, considera que los agresores puedan asistir voluntariamente a algún centro de rehabilitación, público o privado para su tratamiento.
“Pero ante los crecientes índices de violencia, se considera de mayor conveniencia que el tratamiento psicológico del agresor no sea voluntario, sino obligatorio”, añadió.
La representante priista citó que acuerdo al reporte de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares realizada en 2006, en Coahuila el 34.7% de las mujeres mayores a 15 años casadas o en unión libre sufren de alguna forma de violencia dentro de su relación. Además, un 31.5% de las mujeres divorciadas o separadas han experimentado violencia por parte de su ex pareja, una vez separados.
La modalidad de violencia que más prevalece es la violencia emocional seguida de la violencia económica, la física y finalmente la sexual. Esta distribución sugiere que los agresores emplean la violencia de manera escalonada y progresiva, con el fin de mantener el control de la dinámica de la relación, expuso en su intervención.
Ahora del 34.7% de las mujeres que padecen violencia en su relación de pareja el 24.4% es objeto de violencia extrema, advirtió, es decir, son víctimas de agresiones físicas de intensidad tal que hacen necesaria la intervención médica, pueden llevar a la pérdida de alguna función y provocan lesiones graves.
Estableció que el hecho de que la mayor parte de los episodios de violencia ocurran en el hogar y en la relación de pareja, contribuye también a que se reinicie el ciclo interminable de la violencia. “Prueba de ello es que sólo el 17.7% de las mujeres víctimas de violencia extrema realizan una denuncia formal, ya que con frecuencia otorgan el perdón al agresor y con ello se refleja la dinámica cíclica del problema de la violencia familiar”, apuntó.
La diputada consideró que es necesario abordar esta problemática de manera integral, lo que incluye la atención y el tratamiento psicológico de la persona que genera la violencia en la familia, no sólo de las víctimas.
Por lo que, a nombre de la fracción parlamentaria del PRI “Profesora Dorotea de la Fuente Flores”, Azucena Ramos Ramos planteó reformar el artículo 312 BIS del Código Penal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para quedar como sigue:
Artículo 312 bis. Otras sanciones con relación al delito de violencia familiar, propio o equiparado
Además de las sanciones previstas en los artículos anteriores, se sujetará al responsable al tratamiento especializado que para personas agresoras de violencia familiar refiere la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el que en ningún caso será menor al mínimo correspondiente de pena de prisión ni excederá del tiempo impuesto en la pena de prisión, independientemente de las sanciones que correspondan por cualquier otro delito.
Asimismo, reformar el artículo 43 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para quedar así:
ARTÍCULO 43.- Los agresores deberán acudir a rehabilitación en estos centros, de acuerdo con las medidas y acciones que deban cumplir, derivadas de mandato de la autoridad competente.
La próxima semana se dará la segunda lectura a la iniciativa, para que luego se turne a la comisión correspondiente para su dictamen.
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