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Ciudad Acuña, Coahuila, México | 22 de Diciembre del 2024

Las mujeres representan el 38 por ciento de la población nacional ocupada, y de ellas, casi 70 por ciento son madres trabajadoras

En Coahuila, el 36 por ciento de la fuerza productiva son mujeres

Al celebrarse el día de mañana, 08 de marzo, el “Día Internacional de la Mujer”, la Delegación Federal del Trabajo en Coahuila, refrenda su respeto y admiración por las mujeres trabajadoras. Hoy en día, las mujeres representan el 38% de la población ocupada, y de ellas, casi 70% son madres trabajadoras y 19.5% (según la Encuesta Nacional de Ocupación para el Empleo) son mujeres jefas de familia, lo que denota su creciente participación económica. Es en este marco, que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), hace un reconocimiento a todas las madres trabajadoras por su invaluable aportación al desarrollo de nuestro país.

Ante este acontecimiento, refiere el Delegado Federal en la entidad, Lic. Manuel de Jesús Hernández Rocha, “vale recordar que los derechos de las mujeres trabajadoras, son las normas jurídicas enfocadas a la protección de su salud, educación, dignidad y desarrollo, así como la protección de la maternidad en relación con la mujer, y el producto del mismo. Existen diversas formas de proteger a la trabajadora en su condición de madre, una de ellas es evitar precisamente, la limitación, restricción o privación de sus derechos laborales con motivo de la maternidad y otra es cuidar su salud y la de su hijo”.

Datos de mujeres en Coahuila

En Coahuila, según indicadores estratégicos de ocupación y empleo del INEGI, habitan 1,384,194 mujeres, representando el 50.36% de la población total. De ese universo, 417,139 mujeres se encuentran en el rango de población económicamente activa, en donde la gran mayoría (más del 90%), esto es, 380,423 se encuentran, efectivamente, ocupadas.

De tales ocupaciones, la gran mayoría (67%) son asalariadas, esto es, 253,094; además, 88,394 trabajan por cuenta propia, representando el 23%; y 8,656 son empleadoras.

En cuanto al sector económico en el que se encuentran ocupadas las mujeres coahuilenses, la gran mayoría labora dentro del sector terciario, es decir, en la rama de servicios (tales como: comercio, restaurantes, hotelería, transportes, comunicaciones, bancarios, gubernamentales), ascendiendo a 309,788, lo que representa un 81% de la población total ocupada. Siendo el sector secundario (extractiva y de transformación) donde laboran 67,247 lo que equivale al 18% y el resto en el sector primario, esto es, en labores de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

En cuanto a los derechos de la mujer que labora, la protección legal abarca los periodos de gestación o embarazo, parto, puerperio y lactancia. Los derechos de la maternidad son las prestaciones que tiene la trabajadora con motivo de la gestación y deben:

  • Cuidar su condición fisiológica.
  • Cuidar el desarrollo del producto de la concepción.
  • Contar con atención médica especializada para ella y para su hijo aún no nacido.
  • Conservar su puesto de trabajo con la remuneración correspondiente y todos los derechos inherentes al mismo.
  • Disfrutar de descansos para atender el alumbramiento y para cuidar al recién nacido.

Por su parte los patrones no pueden:

  • Rechazar a una solicitante de un trabajo por estar embarazada, no promoverla o despedirla por ese motivo.
  • Excluirla de beneficios, promociones, ascensos, capacitación y adiestramiento por su embarazo.
  • Exigirle la renuncia a causa del embarazo, puerperio, lactancia o responsabilidades familiares.
  • Disminuir cualquiera de sus derechos laborales o de seguridad social.

Es de resaltarse asimismo, que la mujer tiene derecho a ser informada sobre los métodos anticonceptivos y ser atendida para evitar embarazarse cuando así lo solicite; contar con asistencia médica, proporcionada a través de especialistas, medicinas y hospitalización en su caso; no debe realizar labores insalubres o peligrosas, ni de trabajo nocturno industrial; no debe ocuparse en jornadas después de las diez de la noche en establecimientos comerciales o de servicios; tienen derecho a descansar durante seis semanas anteriores a la fecha del parto (LSS) o un mes anterior a la fecha del parto (LISSSTE), según el caso, en ambos casos con el disfrute de su salario íntegro; no deben realizar trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro, como son: levantar, tirar o empujar grandes pesos, actividades que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo, así como trabajos que puedan alterar su estado psíquico o nervioso.

Los derechos enunciados anteriormente son los mínimos, ya que en el Contrato Colectivo de Trabajo o en las Condiciones Generales de Trabajo celebrados por los sindicatos con el patrón, podrán pactarse condiciones superiores a las señaladas.

El incumplimiento a las normas de trabajo de las mujeres, se sanciona de acuerdo con el artículo 995 de la Ley Federal del Trabajo, imponiendo al patrón que viole las normas que rigen el trabajo de las mujeres una multa por el equivalente de 3 a 155 veces el salario mínimo general vigente.

Por otra parte, la incursión de las mujeres al mercado laboral y el desarrollo de una cultura de respeto a sus derechos han motivado la creación de normas que regulen su trabajo en igualdad de trato y condiciones, y sobre todo que aseguren su acceso al trabajo decente, por lo que para contrarrestar la desigualdad de género, el Estado mexicano ha fortalecido el marco legal y el institucional, con el fin de erradicar la discriminación y la exclusión que afectan, principalmente a las mujeres y a grupos sociales específicos, con nuevas leyes como: la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Por su parte, la Ley Federal del Trabajo señala, entre otros aspectos, que todas las mujeres disfrutan de los mismos derechos y obligaciones que los hombres trabajadores; protege las condiciones de trabajo de las mujeres embarazadas; establece la licencia de maternidad y permisos de lactancia; la prestación de guarderías infantiles, así como sanciones por incumplimiento de la ley.

Es así, que el Gobierno Federal, en congruencia con los principios del Desarrollo Humano Sustentable, ha trazado diversas acciones que aseguren la generación de programas para que cada vez más mujeres y madres trabajadoras accedan a mejores condiciones laborales y sientan la seguridad del cuidado de sus hijos. Por ello, se desarrollan programas orientados a combatir la discriminación hacia las mujeres en el ámbito laboral, facilitar la integración de las mujeres al mercado laboral y fortalecer la igualdad de oportunidades laborales.

En este sentido, el Programa de Guarderías y Estancias Infantiles busca apoyar a las madres trabajadoras, a estudiantes y a padres solos con servicios de cuidado y atención infantil para sus hijos de 1 y 3 años 11 meses de edad y hasta 5 años 11 meses de edad, en casos de niños con alguna discapacidad. Por su parte, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de la Política para la Igualdad Laboral, promueve la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres mediante acciones afirmativas y prácticas laborales que fomenten la equidad en el ingreso, la movilidad y la permanencia en el empleo, así como condiciones de trabajo decente y de corresponsabilidad familiar, entre las que destaca la Norma Mexicana para Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, la cual buscar instrumentar un mecanismo que permita medir la incorporación de políticas y prácticas de igualdad laboral en los centros de trabajo para reducir las brechas laborales entre mujeres y hombres; así como certificar el respeto de los mínimos laborales vinculados a la libertad, la equidad, la igualdad, la accesibilidad, la previsión social y el clima laboral.

Por último, se reitera la existencia de una línea de atención telefónica de asesoría jurídica laboral con enfoque de género y servicio a grupos en situación de vulnerabilidad, esta es una línea telefónica nacional, única, confidencial y gratuita, cuyo número es: 01 800 911 (STPS) 7877.

De esta manera, la Delegación Federal del Trabajo en Coahuila, a través de su titular en el estado, Lic. Manuel de Jesús Hernández Rocha, “reconoce la aportación de las madres trabajadoras a la economía del país, y se reafirma con acciones, el compromiso con las madres que trabajan, quienes demuestran día con día que la equidad de género no sólo es deseable, sino posible”.

Etiquetas: empleo, Manuel de Jesús Hernández Rocha, mujeres, STPS