La Delegación Federal del Trabajo reitera su exhorto a los productores de carbón de reiniciar labores con seguridad
Tal como se les conminó hace 18 días, en Sesión Extraordinaria de la Subcomisión Consultiva de Seguridad e Higiene para la Región Carbonífera, Deben los productores de carbón observar el Protocolo para después de un siniestro, contenido en la NOM-032 “Para minas subterráneas de carbón”
- 2 de Agosto de 2010
- Por: Roderic Gómez
En relación con el lamentable accidente fatal ocurrido el pasado 30 de julio en la empresa denominada: Refacciones y Materiales de Sabinas, S.A. de C.V., (REMSA), y en el que desafortunadamente perdieran la vida los señores Plutarco Ruíz Loredo y Ramón Sánchez Arellano, esta Delegación Federal del Trabajo, manifiesta lo siguiente:
1.- Primeramente, extender nuestras más sentidas condolencias a los familiares de los señores Ruíz Loredo y Sánchez Arellano.
2.- Ya se les ha ofrecido a las familias de dichos trabajadores, por parte de esta Delegación, los servicios de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, sus servicios gratuitos y sin intermediarios, a efecto de tutelar sus derechos como deudos.
3.- Se ha ordenado e iniciado una inspección extraordinaria de investigación de accidente fatal en dicho centro de trabajo, por parte de inspectores federales adscritos a este Autoridad Laboral.
4.- Muy importante se hace destacar lo siguiente: Que como consecuencia de la presencia de fuertes lluvias, ocasionadas por el huracán “Alex” en el estado, particularmente en la Región Carbonífera, lo que produjo daños en la infraestructura, como inundaciones, de un elevado número de desarrollos mineros, es que con fecha 15 de julio del presente año, es decir, (15)-quince días antes del fatal suceso, el Delegado Federal del Trabajo, Lic. Manuel de Jesús Hernández Rocha, en su carácter de Secretario Técnico, convocó en la Ciudad de San Juan de Sabinas, a Sesión Extraordinaria de la Subcomisión Consultiva de Seguridad e Higiene (Subcocoesht) para la Región Carbonífera, con el único propósito de conminar a los sectores productivos de esa zona, particularmente a las Uniones Nacional y Mexicana de Productores de Carbón, y todos sus agremiados, a adherirse al Protocolo contenido en la Norma Oficial Mexicana 032-“Para Minas Subterráneas de Carbón”, que contiene, precisamente, el procedimiento de reinicio de actividades para minas subterráneas de carbón, en materia de seguridad e higiene para después de un siniestro.
5.- En dicha sesión extraordinaria celebrada hace 18 días, se presentaron a todos los asistentes, entre ellos, a los gerentes de las citadas Uniones Productoras de Carbón, el catálogo de medidas que contiene dicho procedimiento, entre las que destacan, las siguientes: a) El bombeo del agua en los casos en que se haga necesario, asegurándose que no existan tiros verticales con agua cercanos a los centros de trabajo, que pudieran desencadenar en inundaciones; b) La estabilidad del terreno; c) La estabilidad de los tiros verticales; d) La estabilidad de las planchas y galerías; e) La fortificación de áreas susceptibles de caídos, tanto de techos como de paredes; f) Proporcionar a los trabajadores el equipo de protección personal que les evite daños físicos; g) Las condiciones de los ademes, vigilando la seguridad en su colocación tomando en cuenta el reblandecimiento del terreno; h) Los porcentajes de gas metano; i) La ventilación; j) Por lo que respecta a las minas a cielo abierto, revisar además las rampas de acceso y las condiciones de los taludes; k) Las condiciones de los malacates, del cable y castillo, así como las guías que orientan el movimiento de los botes.
6.- Como conclusión de la referida sesión extraordinaria de la Subcocesht, todos los sectores productivos adoptaron el compromiso unánime de observar rigurosamente el contenido del mencionado Protocolo, previo al inicio de labores, lo que se comunicó el mismo 15 de Julio de 2010, mediante el Boletín número 30 de esta dependencia.
De esta forma, la Delegación Federal del Trabajo reitera en especial, su exhorto a los productores de carbón para que observen irrestrictamente y en todo momento, el referido Protocolo, previo al reinicio de labores, y en general, ratifica su compromiso con el trabajo decente y con la seguridad y salud en los centros laborales, particularmente con el que se desarrolla en las minas de carbón, y prueba de ello, es que además de los operativos especiales de inspección hacia los centros mineros y las inspecciones ordinarias y extraordinarias, se lleva a cabo un operativo especial de inspección en aquellos centros de trabajo siniestrados por la reciente contingencia, a efecto de asegurarse que cumplan con el referido Protocolo.
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