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Ciudad Acuña, Coahuila, México | 21 de Noviembre del 2024

Establece Reforma Laboral procedimiento simplificado para juicios en materia de Seguridad y Previsión Social

Se tramitarán y resolverán con mayor prontitud reclamaciones para el otorgamiento de pensiones por viudez, orfandad y vejez, entre otros. El procedimiento sumario propuesto, se tramitará en su totalidad en una sola audiencia.

04 de agosto de 2010. La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) tramita más de 247 mil juicios individuales, de los cuales el 55% corresponde a conflictos relacionados con la seguridad y previsión social de los trabajadores, como consecuencia de la aplicación de criterios jurisprudenciales y la Ley del Seguro Social.

Delegado Federal del Trabajo, lic. Manuel de Jesús Hernández Rocha.

Delegado Federal del Trabajo, lic. Manuel de Jesús Hernández Rocha.

Ante estos hechos y estadísticas, el Delegado Federal del Trabajo en Coahuila, Lic. Manuel de Jesús Hernández Rocha, deja claro que: “La reforma establece reglas procesales adecuadas que permitirán tramitar y resolver con mayor prontitud, los juicios que en materia de seguridad y previsión social se presentan ante la JFCA, como los relativos a las devoluciones del fondo de las cuentas individuales de retiro o el otorgamiento de pensiones por viudez, orfandad, cesantía en edad avanzada y vejez”.

Y es que actualmente, refiere el funcionario federal, la Ley Federal del Trabajo en vigor no establece un procedimiento específico para tramitar los asuntos en que se demandan prestaciones de seguridad social, por lo que se atienden con las mismas reglas del juicio ordinario, lo que provoca cargas probatorias inadecuadas, falta de requisitos formales, perfeccionamiento de pruebas que no corresponde a la naturaleza de los documentos idóneos para acreditar este tipo de reclamaciones; todo ello en detrimento de los trabajadores y sus beneficiarios.

Al respecto, expresa el Lic. Hernández Rocha: “Es importante señalar que el procedimiento sumario propuesto, se tramitaría en su totalidad en una sola audiencia, a diferencia del juicio ordinario que comprende diferentes etapas procesales”.

A manera de ejemplo, la reforma incorpora un tratamiento especial para el desahogo de la prueba pericial médica, donde se requiera determinar la existencia de padecimientos invalidantes o de incapacidades derivados de riesgos y enfermedades de trabajo, para lo cual se establece que los dictámenes en medicina del trabajo por parte de los peritos de las partes y del perito oficial se rindan en forma simultánea, no en dos etapas diferentes como actualmente se prevé en el juicio ordinario.

Con la Reforma Laboral se agilizará el trámite de los juicios en que se reclamen prestaciones en materia de seguridad y previsión social, sin que se afecten los principios de seguridad y certeza jurídica de las partes, y la equidad en el procedimiento, concluye el representante de la STPS en Coahuila, Lic. Manuel de Jesús Hernández Rocha.

Etiquetas: Laboral, reforma, seguridad, STPS


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